1º Las irregularidades detectadas sólo afectan a:
- personal de carrera que ingresó a partir del 1 de enero de 2011.
- personal interino que no regularizó en el periodo voluntario en el año 1992 en relación con la falta de cotización de los periodos trabajados antes del año 1990.
En los dos casos, CSIF está realizando las gestiones oportunas y tenemos los modelos de reclamación a disposición de los interesados. Para más información dirígete a tus delegados de CSIF.
2º No se ha detectado problema alguno en las cotizaciones de personal interino posterior a 1990. Así, este colectivo cotiza en su nómina el 4,70% por cuotas SS contingencias comunes y el 0,10% por cuotas de SS desempleo y FP. Ambos porcentajes se refieren a la base reguladora que grosso modo es el importe de una mensualidad más la parte prorrateada de las pagas extraordinarias anuales.
No obstante lo anterior, los delegados de CSIF estamos a vuestra disposición para aclarar cualquier duda y gestionar las reclamaciones que, en su caso, correspondieran.
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