En concreto se trata de una funcionaria de la Diputación
de Palencia que recurrió bajo la dirección letrada de la asesoría jurídica de CSIF y a la que se le reconoce el
derecho a percibir la cantidad de paga extra devengada desde el día 1 de junio
y hasta el 15 de julio, fecha en la que entró en vigor, el RDL 20/2012 en el
que se contemplaba la supresión de la paga extra de diciembre de ese año.
Esta sentencia es muy
importante, no sólo por el fallo que contiene; sino, también, por la contundencia de sus argumentos que no
dejan ninguna duda sobre la irretroactividad del RDL 20/2012.
Además, se da la circunstancia de que esta sentencia es firme ya que no cabe recurso alguno contra ella.
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