"El mayor error lo comete quien no hace nada porque cree que sólo podría hacer un poco". Edmund Burke.

jueves, 21 de abril de 2016

LAS ADMINISTRACIONES ASUMEN EL PAGO DEL 100% DE LAS RETRIBUCIONES TRAS EL MES 18 DE BAJA


No puede ser de otro modo, pues así lo hacen a partir del 6º mes de baja cuando la MUGEJU comienza a abonar la indemnización por incapacidad temporal en cumplimiento del artículo 504 de la LOPJ. 

En relación con ese supuesto recorte de retribuciones que algunos sindicatos vienen "denunciando" a partir del mes 18 de baja, os informamos que CSIF va consiguiendo que las administraciones  reconozcan su obligación de abonar el complemento que deja de pagar la MUGEJU en ese momento por lo que, como anunciamos hace varias semanas, no se produce recorte retributivo alguno. Lo esencial para CSIF, es que los mutualistas no pierdan retribuciones, las pague quien las pague.

Lo importante para CSIF es que la MUGEJU gaste sus recursos en aquellas cuestiones que son sus fines legales y no en otros, por ejemplo, que se lo gaste en recuperar el nivel de prestaciones anterior a los recortes 2012. Lo importante es que la MUGEJU incremente sus recursos mermados por los recortes para recuperar las prestaciones perdidas e incluso mejorarlas, para garantizar la firma de convenios rurales en todas las CCAA, para facilitar el uso de ambulancias, para mejorar el concierto médico etc.

Lo importante para CSIF es defender una MUGEJU de todos y para todos los mutualistas. La defensa de la MUGEJU es clave en la defensa de los derechos laborales de los mutualistas como parte esencial de nuestro sistema de protección sanitaria y social. Una defensa que pasa por la crítica constructiva, aportando soluciones a los problemas que enfrenta la mutualidad, en vez de estar continuamente cuestionando su viabilidad poniendo en peligro su permanencia como hacen algunos sindicatos de clase. Una defensa que se manifiesta en la exigencia del correcto funcionamiento democrático en los órganos de control permitiendo la participación de todos los colectivos.

CSIF: COMPROMETIDOS CON LA DEFENSA DE LA MUGEJU

El Ministerio de Justicia devolverá la extra en la nómina de mayo

El BOE de hoy publica la Resolución de 18 de abril de 2016, conjunta de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones para la aplicación efectiva, en el ámbito del sector público estatal, de las previsiones de la disposición adicional duodécima de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

CSIF se ha puesto en contacto con la Habilitación Central del Ministerio de Justicia para aclarar los términos en que se procederá al abono del 50% de la paga extra, informándonos de lo siguiente
  • El Ministerio, por cuestiones técnicas y de operatividadprocederá al abono de dicha cantidad en la nómina del mes de  Mayo
  • Se abonará de oficio por el Ministerio a todos los trabajadores que hayan percibido los dos tramos anteriores de devolución de dicha paga extra.
  • Solo deberán solicitar el abono aquellos trabajadores que hayan cambiado de administración, o de situación administrativa durante el periodo comprendido entre 1 de octubre de 2015 y 30 de abril de 2016Igualmente deberán solicitarlo los que hayan cambiado de cuenta bancaria y los herederos de los fallecidos durante el periodo señalado.
  • Las solicitudes deberán remitirse a las Gerencias Territoriales del ámbito donde se encuentren destinados los solicitantes.
  • El modelo de solicitud está anexado en .pdf al final de este artículo.
Si tienes alguna consulta no dudes en ponerte en contacto con los delegados de CSIF.