"El mayor error lo comete quien no hace nada porque cree que sólo podría hacer un poco". Edmund Burke.

viernes, 14 de marzo de 2014

Los recursos presentados por CSIF obligan a reconocer a la Consejería el abono de todas las retribuciones a partir del 7º mes de baja

Se trata de una reivindicación de CSIF que había presentado varios recursos en nombre de varios afiliados reclamando algo que parecía evidente con una mera lectura del artículo 504.4 de la LOPJ en la redacción que le dio la reforma del 28 de diciembre de 2012.

Esa reforma estableció que:  "En ningún caso los funcionarios adscritos a los regímenes especiales de seguridad social gestionados por el mutualismo administrativo podrán percibir una cantidad inferior en situación de incapacidad temporal por contingencias comunes a la que corresponda a los funcionarios adscritos al régimen general de la seguridad social, incluidos, en su caso, los complementos que les resulten de aplicación a estos últimos".

Hasta esa modificación los funcionarios titulares de baja, a partir del 7º mes sufrían en Cantabria una merma retributiva de 551 eurso para el Cuerpo de Gestión; 530 para Tramitación y 522 para Auxilio. Mientras varias CCAA y el Ministerio se habían comprometido a complementar las retribuciones hasta alcanzar el 100%, Cantabria seguía sin acatar la LOPJ. 

Fue CSIF quien inició y ha llevado hasta los Juzgados esta situación que ahora, reconoce la Consejería de Justicia en beneficio de todos los funcionarios de Cantabria tal y como lo demuestra un correo masivo enviado desde la Dirección General de Justicia este viernes. 

CSIF se pone a disposición de todos los interesados para realizar las oportunas reclamaciones ya que este reconocimiento debe hacerse en situaciones de baja por más de 6 meses que se produjeran desde la fecha antes citada.