"El mayor error lo comete quien no hace nada porque cree que sólo podría hacer un poco". Edmund Burke.

martes, 4 de diciembre de 2012

Constituida la plataforma "Justicia para todos"

Con la participación del Consejo General de la Abogacía, los sindicatos CSIF, CCOO, UGT, USO y el Consejo de consumidores y usuarios el pasado lunes se firmó en Madrid el acta fundacional de la plataforma  "Justicia para todos" en defensa del servicio público de la Administración de Justicia.

Dentro de las acciones que se van a emprender desde la plataforma se apoya la campaña de recogida de firmas contra la ley de tasas y los recortes en la Administración de Justicia que fue acordada por los cuatro sindicatos más representativos en este sector.

Con este motivo, desde esta mañana y hasta el día 19 de enero (sigue en "más información)
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Campaña de recogida de firmas en los medios de comunicación de Cantabria


Os adjuntamos enlaces con la repercusión de la campaña de recogida de firmas puesta en marcha por CSIF y el resto de organizaciones sindicales de la Administración de Justicia contra los recortes en el servicio público, la ley de tasas y la privatización de la Justicia.

 El Diario Montañés ed. digital 

Telecantabria-RTVE

  • Ver minuto 3:30 aprox.

Recogida de firmas contra la ley de tasas y los recortes en Justicia


POR UNA JUSTICIA DE TODOS Y PARA TODOS

CAMPAÑA NACIONAL DE RECOGIDA DE FIRMAS CONTRA LOS RECORTES EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

CSIF, CCOO, UGT, STAJ, el Consejo General de la Abogacía Española y asociaciones de consumidores:


Denunciamos el oscurantismo y el despotismo del Ministerio de Justicia en la tramitación de leyes que afectan a la Administración de Justicia despreciando soberanamente a quienes mejor conocen sus virtudes y defectos y mantienen día a día su funcionamiento.

Denunciamos el secular abandono de la Administración de Justicia por políticos de todos los signos que es la verdadera causa de los problemas que padece y, que ahora, son la excusa para proceder a su privatización.

Denunciamos una ley de tasas injusta y desproporcionada que encarece sobremanera e impide el ejercicio del derecho fundamental de acceder a la Justicia

Denunciamos el proyecto de privatización de la Administración de Justicia en materias como el registro civil.

Abogamos por la modernización de la Administración de Justicia, dotándola de medios suficientes, que cuente con TODOS los que estamos implicados en la prestación de ese servicio público esencial y en beneficio de TODOS los ciudadanos.

Porque,


SIN JUSTICIA, NO HAY DERECHOS

Mesas de recogidas de firmas en todas las sedes judiciales y hasta el 19 de enero.

URGENTE: CAMBIO DE CRITERIO EN MATERIA DE TOMA DE POSESIÓN

El Ministerio de Justicia, en un "original" interpretación del reglamento, hurta a los gestores que han reingresado provenientes de la situación de Secretarios sustitutos, la posibilidad de cesar como el resto de sus compañeros y acogerse a los plazos de toma de posesión.

A pesar de los argumentos de CSIF, el Ministerio no rectifica y, ahora considera que reingresan en el concurso desde una excedencia y, por lo tanto, el plazo para tomar posesión es de 20 días naturales a contar desde la fecha de publicación del concurso de traslados. 

En consecuencia, estos gestores, que se encontraban en adscripción provisional y con obligación de concursar tras cesar como Secretarios sustitutos, deben tomar posesión en dicho plazo y, para ello, disponen de los permisos de 2 días si la toma de posesión se produce en distinta localidad o de 3 días si se produce desde o hacia un destino en las islas, Ceuta y Melilla.

Para CSIF, el Ministerio confunde el carácter provisional del puesto que ocupan con el hecho de que esos funcionarios ya reingresaron en el cuerpo en su día cuando cesaron como Secretarios sustitutos y tras pedir precisamente el reingreso. No cabe pues, aplicarles el mismo régimen de quienes reingresan efectivamente en un cuerpo de la Administración de Justicia en el que están en excedencia por estar ocupando un puesto de trabajo en otro cuerpo de la Administración, mediante la adjudicación de plaza en el concurso. Así se debe concluir de una lectura reposada de los artículos 68 y 70 del RD 1451/2005.

No obstante, lo anterior recordamos que, según el propio Ministerio la normativa de toma de posesión y cese la determina la Administración competente en el destino adjudicado en el concurso por lo que habrá que efectuar la consulta ante esa administración y tomar posesión conforme a los plazos que ella determine.