"El mayor error lo comete quien no hace nada porque cree que sólo podría hacer un poco". Edmund Burke.

martes, 20 de octubre de 2015

Fecha publicación concurso

Acabamos de recibir el siguiente mensaje del Ministerio de Justicia
"Se comunica que el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de la Administración de Justicia, anunciado con fecha 20/05/2015 (BOE 5/06/2015), se publicará en el BOE del  6/11/2015. 
Las fechas del cese serán: 
  • Tramitación PA: 11/11/2015
  • Gestión PA y Auxilio: 16/11/2015
Los ficheros de adjudicación se enviarán entre hoy y mañana.
Un saludo
El JEFE DE SECCIÓN DE CONCURSOS- MINISTERIO DE JUSTICIA"

Según el artículo 52 del RD 1451/2015 y sin perjuicio de lo que digan las diferentes resoluciones del concurso (una por cada ámbito territorial):

PLAZOS:
El plazo de toma de posesión en los concursos será:

  • tres días si no implica cambio de localidad del funcionario; 
  • ocho días si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma y 
  • veinte días si implica cambio de comunidad autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será de un mes tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. 

Cuando el adjudicatario de plaza obtenga con su toma de posesión el reingreso en el servicio activo el plazo será de veinte días. 

COMPUTO DE PLAZOS: 

En los plazos indicados por días se considerarán en todo caso como naturales.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese.

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
El Ministerio de Justicia o, en su caso, las comunidades autónomas con traspasos recibidos podrán diferir el cese, por necesidades del servicio, hasta un máximo de veinte días hábiles, comunicándolo así al órgano convocante.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a los interesados.

TOMA DE POSESIÓN. EFECTOS:
Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria.
El plazo de posesión será retribuido por la Administración competente en el ámbito territorial del puesto obtenido por concurso.
Los interesados no podrán tomar posesión más que en único destino y en un mismo cuerpo.

ATENCIÓN: 

No obstante, lo anterior, desde CSIF os recordamos que habrá que estar a las distintas resoluciones del concurso en cada ámbito territorial dado que la provisión de puestos de trabajo es una competencia traspasada. 

De conformidad con lo establecido en los últimos años, la normativa aplicable a cada caso es la del ámbito territorial del destino adjudicado. Lo normal es que las CCAA se ciñan a la resolución del Ministerio de Justicia pero puede haber cambios en algunos casos.