"El mayor error lo comete quien no hace nada porque cree que sólo podría hacer un poco". Edmund Burke.

sábado, 2 de enero de 2016

Publicado en el BOE las resoluciones que modifican las retribuciones en los casos de incapacidad temporal para los Cuerpos Generales y Letrados de la AJ

Como consecuencia del acuerdo suscrito por CSI·F y el resto de organizaciones sindicales con el Ministerio de Justicia el pasado 18 de diciembre, se publica en el BOE la modificación de las resoluciones sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal para los Cuerpos Generales y Letrados de la Administración de Justicia, equiparándose al régimen de la carrera judicial y fiscal (punto tercero del acuerdo)

  • Resolución de 22 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se modifica la de 25 de junio de 2013, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal, para el personal al servicio de la Administración de Justicia, en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia.
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  • Resolución de 22 de diciembre de 2015, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, por la que se modifica la de 25 de junio de 2013, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal por contingencias comunes de los miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales.
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En Cantabria, CSIF sigue exigiendo a la Consejería que mueva ficha y acabe con la disparidad (y también disparate) de mantener regímenes distintos de descuento por baja en la misma oficina judicial y solucionar la brecha de desigualdad que se abre con el resto de funcionarios de los Cuerpos nacionales de Justicia. 
Es de ley que las bajas médicas no provoquen descuento y en esa lucha sigue CSIF pero, mientras tanto, es de ley también que no se mantengan regímenes discriminatorios y que enfermedades de declaración obligatoria (como todas las que se recogen en la ampliación de excepciones que se acaba de publicar en el BOE) no sean tampoco motivo de descuento.