Art. 21.2.G: En la Administración de Justicia, atendiendo a las especiales circunstancias que concurren en la situación de cobertura de sus plazas, se computará el número máximo de plazas a autorizar en función del número total de plazas de la plantilla aprobadas dotadas presupuestariamente, y que hayan estado ocupadas por funcionarios interinos durante al menos los tres últimos años, autorizándose Oferta de Empleo Público en aquellos Cuerpos de funcionarios en el que el porcentaje de las plazas con este tipo de ocupación supere el 15% del total y en un número máximo que, acumulado para todos los Cuerpos, no podrá superar el 20% de las vacantes.
Esto permite que la OPE para Justicia en 2015 se sitúe ampliamente por encima de las 1500 plazas de turno libre a las que habrá que añadir las que correspondan de promoción interna.