"El mayor error lo comete quien no hace nada porque cree que sólo podría hacer un poco". Edmund Burke.

domingo, 27 de marzo de 2016

CSI•F sigue detectando errores en la oferta de empleo público de Justicia y solicita una corrección en el BOE

Para CSIF, faltan un total de 14 plazas en la promoción interna de los Cuerpos Generales, Especiales y Letrados de la Administración de Justicia.

Tras examinar detenidamente la oferta de empleo público de Justicia para 2016, faltan 3 plazas de promoción interna en el cuerpo de Gestión, otras 4 en el de Tramitación y 1 en la de Facultativos del INTC y CF. A estas ocho plazas hay que sumar las 6 que faltan en la promoción a Letrados tal y como denunciamos la semana pasada.
En los casos de los cuerpos generales y especiales estos errores no afectan al turno libre ya que desde la reforma de la LOPJ que entró en vigor en octubre de 2015, el cálculo de plazas de promoción interna debe hacerse respecto del total de plazas ofertadas en turno. Este año, la suma de plazas en turno libre de estos tres cuerpos es de 1.203 y el 30% de las mismas son 361 plazas para promoción interna. De esta manera, dado que en el Decreto por el que se aprueba la OPE 2016 es de 353, el resultado es que faltan esas 8 plazas.
En el caso de la promoción interna a Letrados estos errores sí afectan al turno libre. En este caso, el Ministerio de Justicia impuso la redacción del artículo 442 de la LOPJ y, mantuvo el régimen de reserva de plazas vigente hasta esa reforma. Esta forma de hacer las cosas lleva consigo que las plazas de turno libre y de promoción interna integren la OPE. Este año la oferta global para Letrados es de 91 plazas y, según la LOPJ, el 30% de las mismas debe ser de promoción interna, es decir, 27 plazas y no 21 tal y como aparecen. Así, dado que el total de plazas ofertadas para el cuerpo de letrados es de 91 las plazas que quedan para el turno libre son 64 y no 70 como se prevé en el Decreto de OPE para 2016.
CSIF ha pedido al Ministerio de Justicia que, al constatarse que se trata de un mero error aritmético, proceda a la inmediata subsanación de oficio mediante la publicación de una corrección de errores en el BOE.

El peligroso interés de “algunos” por atacar a la MUGEJU a toda costa puede llevar a su desaparición

CSIF fue el único sindicato que se apercibió de las posibles consecuencias que para los mutualistas pudieran derivarse de este cambio legal y tras estudiar la cuestión puso de manifiesto este asunto en la reunión de la comisión permanente de la MUGEJU celebrada el pasado 14 de marzo. Posteriormente, CSIF publicó una circular informativa explicando entre otras cosas este asunto. Una vez estudiada la cuestión para CSIF queda claro que:
  • No se puede hablar de recorte de retribuciones por cuanto el artículo 504 de la LOPJ garantiza igualdad de condiciones retributivas en situación de baja respecto del sistema de la seguridad social, por lo que será la Administración competente en materia de personal (CCAA o Ministerio) quien deba hacerse cargo de lo que deja de pagar la MUGEJU, como ya se está haciendo.
  • Con unos presupuestos más que ajustados, no se puede exigir a la mutualidad que se haga cargo de un pago que no le corresponde. Es más, liberar a la MUGEJU de este pago permite aplicar estos recursos a otros fines (por ejemplo recuperar el nivel de prestaciones anterior a 2012) sin que, como antes hemos dicho, se recorten las retribuciones de los mutualistas de baja.
  • Periodo transitorio.- Para quienes hubieran superado los 18 meses tras la entrada en vigor de este cambio, la MUGEJU garantiza que van a seguir cobrando esta indemnización hasta los 24 meses como hasta ahora, mientras que al resto se les ha estado comunicando esta circunstancia para que, llegado el momento, puedan reclamar sus retribuciones completas a la Administración competente en materia de personal que le corresponda.CSI-F tiene listo un modelo de solicitud para los interesados.