"El mayor error lo comete quien no hace nada porque cree que sólo podría hacer un poco". Edmund Burke.

martes, 6 de octubre de 2015

Modificación de las leyes procesales. La chapuza continua.

Tras un primer análisis rápido de las leyes:

1.- El Ministerio de Justicia sigue con su "máquina legisladora" revolucionando a los opositores que ya no saben a que ley atenerse para preparar con garantías los procesos selectivos. 

2.- Se da la circunstancia de que se modifican normas que habían sido modificadas en el mes de agosto. Lo que convierte a los procedimientos judiciales en un galimatías bastante curioso en detrimento del buen funcionamiento, de la eficacia y la eficiencia. 

3.- Se está creando un grave problema en la tramitación diaria de los procedimientos porque la Administración no dispone de los medios necesarios ni los ha previsto (lo que es peor) para realizar los cambios en las plantillas procesales. Luego se quejarán de que la justicia va lenta pero sin medios, sin previsión y legislando mirando al titular de prensa, es lo que pasa. 

4.- Como aspecto positivo: los funcionarios de Justicia recuperan el derecho a comparecer por sí mismos ante los Tribunales en materia de personal. Se trata de un derecho eliminado por Gallardón, que se comprometió en el preacuerdo de 2014 y que ahora se recupera tras meses de batalla de CSIF por un derecho que está plenamente justificado. Así, se añade un punto tercero al artículo 23 de la LJCA: "Podrán, no obstante, comparecer por sí mismos los funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios, cuando se refieran a cuestiones de personal que no impliquen separación de empleados públicos inamovibles."

5.- Por otro lado, se da el pistoletazo de salida del proyecto de Justicia papel cero previsto para el 1 de enero de 2016, fecha en la que todos los profesionales de la justicia y órganos judiciales y fiscalías estarán obligados a emplear los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia. Un proyecto que, como ya ha denunciado CSIF, está abocado al fracaso por dos razones: la ausencia de voluntad de la Administración de contar con la participación de los funcionarios de Justicia y que se trata de una quimera que no responde a la situación real, pésima, de los medios materiales informáticos en la Administración de Justicia. 

6.- Se refuerza la participación de los Procuradores como colaboradores de la Justicia en detrimento de los ciudadanos y del servicio público. Como ya hicimos en su momento CSIF exige una rectificación atribuyendo estos actos de comunicación a empleados públicos como hasta ahora y no a particulares. 

Los actos procesales de comunicación y la realización de tareas de auxilio y colaboración de los procesos que estuvieran en trámite a la entrada en vigor de esta Ley continuarán realizándose por la oficina judicial salvo que la parte expresamente solicite que sean realizados por su procurador. Para realizar estas funciones se les incluye al mismo nivel que los funcionarios, bajo la dirección del "Secretario judicial" (sic), sin ser empleados públicos y dotándoles de capacidad de certificación.

El problema surge cuando en el nuevo art. 152 de la LEC se dice que será en el escrito inicial donde figure la expresión de la voluntad de la parte para que sea su procurador quien realice los actos de comunicación. 

Esta peculiar forma de ejercer un derecho se configura en la ley como un contrato de adhesión que no permite garantizar el consentimiento informado y libre del ciudadano. Es decir, no se asegura que el ciudadano pueda escoger libremente quien desea que haga los actos de comunicación de su litigio.  

Por este motivo, CSIF ha exigido y exige que, de no derogarse esta ilegal atribución de funciones, la designación de Procurador se haga a requerimiento del órgano judicial en la persona del interesado garantizándose por el Juzgado que presta su consentimiento informado sobre las diferencias de coste que supone un sistema gratuito, el del Juzgado, y uno, de pago por arancel, el del Procurador.


Acceso a las leyes publicadas en el BOE:







Sobre la devolución de la paga extra. BASTA YA DE DEMAGOGIA.


Ayer el pleno del Parlamento debatió una propuesta del PP por la que se instaba al Gobierno a devolver la paga extra a los empleados públicos de Cantabria antes de finalizar el año 2015. Se refería, claro está, a ese 26,23% fijado en el RDL 10/2015 y del que os dimos cuenta en los últimos días. La proposición salió adelante con los votos del PP, Podemos y Ciudadanos y la abstención del PRC y del PSOE.

Desde CSIF aplaudimos cualquier iniciativa que suponga la devolución de los derechos arrebatados desde 2010 aunque llama la atención que, en el debate se empleen a fondo, tres fuerzas políticas que fueron parte activa en los recortes de 2010 y de 2012. No obstante, lamentamos que los empleados públicos, que sus retribuciones y sus derechos, una vez más, se utilicen como arma arrojadiza en el Parlamento de Cantabria. ¿es éste el respeto que nos merecemos?. Claramente, no. 

CSIF exige la devolución del 26,23% de la  paga extra de diciembre de 2012 antes de finalizar el año 2015 tal y como van a hacer la mayor parte de las Administraciones públicas en nuestro país. De hecho, el estado ya ha comenzado a devolver ese porcentaje de la paga a los empleados de la agencia tributaria y en octubre la percibirán el resto de empleados públicos de la Administración General del Estado, empresas públicas, entes y organismos públicos dependientes del Estado. 

CSIF exige que en los presupuestos de 2016 para Cantabria se consigne la partida presupuestaria correspondiente al 49,73% de paga extra de diciembre de 2012 que restaría por cobrar tal y como se establece en el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado que se aprobará a mediados de este mes de octubre en el Congreso. 

Hace pocos días, en la mesa de función pública, a requerimiento de CSIF, el Consejero de Presidencia y Justicia manifestó la voluntad del Gobierno de Cantabria de devolver la extra, probablemente, en noviembre. Si hay algo peor que quitar los derechos y no devolverlos; es jugar con esa devolución.