"El mayor error lo comete quien no hace nada porque cree que sólo podría hacer un poco". Edmund Burke.

lunes, 28 de noviembre de 2011

La Administración se niega a ofrecer a comisión de servicios las plazas de refuerzo


Esta medida contradice la legalidad y el sentido común y, por este motivo, CSI-F va a recurrir la misma se pone a disposición de aquellos compañeros que quieran solicitar alguna de estas plazas y recurrir la negativa de la Administración.

En realidad, estas plazas, deberían haberse consolidado en plantilla hace tiempo. No es de recibo que se sigan renovando refuerzos desde hace más de cuatro años y que se siga hablando de necesidades coyunturales cuando detrás de ese nombramiento hay una política cicatera de provisión de personal de los órganos judiciales y un intento por parchear la situación. Es más, el artículo 10.1 d) del EBEP establece un límite temporal para el nombramiento de interinos para atender el exceso o acumulación de tareas que es el supuesto de hecho del nombramiento de refuerzos según el protocolo que al efecto ha emitido el TSJ de Cantabria.

Siendo conscientes de la imposiblidad de acometer esa consolidación de plantilla en la situación en la que estamos CSI-F solicitó que dichos puestos se ofrecieran a los titulares siguiendo el principio de que los titulares tienen preferencia sobre los interinos recogido tanto en la normativa vigente (el propio art. 10.1 del EBEP) y la doctrina judicial más reciente.

La Administración se ha negado a ofrecer dichas plazas aludiendo a la normativa cuando la realidad es que no existe artículo alguno que impida su provisión por titulares a la luz de la interpretación que la Sala de lo contencioso administrativo del TSJ de Cantabria ha realizado sobre esa legislación.

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