"El mayor error lo comete quien no hace nada porque cree que sólo podría hacer un poco". Edmund Burke.

miércoles, 2 de mayo de 2012

Nuevos criterios para el nombramiento de interinos

En la última reunión de interinos se le exigió a la Administración que dictara unos criterios mínimos a la hora de realizar los nombramientos de interinos con el fin de evitar arbitrariedades. La Dirección General nos comunicó que, a partir de ahora:

1.- No se nombrarán interinos hasta transcurridos 15 días desde la comunicación de la baja o de la circunstancia que provoca la ausencia del titular de su puesto de trabajo. A este respecto es necesario que el Juzgado o servicio soliciten el nombramiento de interino.

2.- No obstante lo anterior, se establecen las siguientes excepciones: (sigue leyendo en más información)


  • Bajas de larga duración (más de un mes) y que en el parte de baja conste que la baja se va a prolongar durante un mes o más. 
  • Juzgados de violencia de género 
  • Juzgados de instrucción en funciones de guardia
  • Juzgados de Paz
  • Destinos en los que solo exista un funcionario de cada Cuerpo. 
  • El Director General podrá acordar el nombramiento de interino antes de los 15 días con carácter excepcional, mediante resolución motivada relacionando las circunstancias que fundan el nombramiento y a petición de los sindicatos en la comisión técnica de nombramientos.
Desde CSI-F insistimos en la necesidad, más bien obligación, de negociar la nueva bolsa de interinos dado que la actual está en situación precaria al haber caducado.

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