"El mayor error lo comete quien no hace nada porque cree que sólo podría hacer un poco". Edmund Burke.

viernes, 27 de julio de 2012

Sobre los recursos a presentar contra el recorte de la paga extra.

Desde que se anunció el recorte de la paga extra y se materializó el infausto viernes 13 de julio vía Decreto Ley, CSIF se puso a trabajar en dos direcciones: la movilización contra los recortes y la lucha jurídica contra el contenido del RDL.

En primer lugar, no tenemos ninguna información veraz sobre cómo se va a realizar efectivamente dicho recorte en la nómina. Aventurar cantidades más allá de algunos ejemplos didácticos no es más que eso, una aventura. 

Sólo tenemos dos datos que en Cantabria comenzará en la nómina de agosto (en el Ministerio se retrasa hasta septiembre) y que a requerimiento de CSIF, al menos el Ministerio, va a tener en cuenta la forma en que se hizo el recorte en el año 2010 y no se va a recortar la totalidad de la paga extra. En ese año se dejó intacta nuestra paga extra a cambio de recortarnos mayor porcentaje mes a mes que al resto de empleados públicos. Así, si se suprimiera ahora nuestra paga extra en su totalidad estaríamos agravando el recorte de 2010. No obstante, habrá que estar vigilantes y CSIF lo va a estar sin ninguna duda para que, en el momento del recorte, este criterio se respete.

En segundo lugar, desde CSIF entendemos que, al no existir el derecho preventivo, no se puede reclamar algo que no se ha producido aún. Es decir, no se puede reclamar la devolución de un dinero que aún no te han quitado. En este sentido, la reclamación previa es inútil y no va a tener efecto alguno ni jurídico ni burocrático. 
Además, desde el punto de vista de los principios, de no negociar este abuso y pedir su revocación inmediata, si se solicita la devolución o la no detracción de una parte de la paga extra de forma anticipada como algunos pretenden, indirectamente estamos dando el visto bueno a la supresión del resto. Desde CSIF entendemos que no se puede dar esa ventaja a la administración, la ventaja de reconocer y admitir sin más el recorte de un sólo céntimo de euro. (Sigue en "más información")



Dentro del combate jurídico y respecto de la supresión de la paga extra CSIF está preparando dos tipos de escritos en función de cómo se ha previsto el recorte en Justicia en el Real Decreto Ley 20/2012:

1º Una reclamación para la adecuación del IRPF a la nueva retribución. No obstante, a requerimiento de CSIF la Administración ha informado de que se ha procedido a realizar esta regularización de forma automática. No obstante, habrá que estar vigilantes en las próximas nóminas para comprobar este extremo y, en su caso, reclamar. (este escrito está ya listo)

2º Una reclamación por el importe indebidamente detraído de la nómina mensual que en la actualidad está en estudio puesto que no es tan fácil como se preveía ni se puede pedir la devolución de todos los conceptos a la vez dado que, como antes hemos dicho, sólo se puede reclamar cuando el daño se produzca, sobre todo, si se pretende que el escrito tenga los efectos perseguidos. Más adelante, os iremos informando sobre este particular o si estáis interesados podéis poneros en contacto con los delegados de CSIF para que os aclaren este extremo. 

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