"El mayor error lo comete quien no hace nada porque cree que sólo podría hacer un poco". Edmund Burke.

domingo, 23 de junio de 2013

El Gobierno de Cantabria pretende imponernos el peor régimen de bajas de toda España

CSIF se opone radicalmente a que se nos aplique el inaceptable y ridículo régimen de retribuciones en situación de bajas que el Gobierno de Cantabria nos pretende imponer y hace un llamamiento a la concienciación y movilización a todos los funcionarios de Justicia de Cantabria.

La "generosa" propuesta del Gobierno de Cantabria se reduce a excluir del descuento por bajas además de la hospitalización (si es superior a tres días) e intervención quirúrgica con ingreso hospitalario, los tratamientos de quimio y radioterapia y los procesos de incapacidad que tengan lugar durante el estado de gestación.

Para CSIF resulta intolerable que en los Juzgados de Cantabria vayan a convivir tres regímenes de bajas (Jueces, Secretarios y funcionarios) y que, encima, nosotros nos llevemos la peor parte.

Así, se lo ha hecho saber CSIF  tanto al Ministerio de Justicia como al Gobierno de Cantabria en una propuesta de régimen retributivo en situación de baja que partiendo de la inconstitucionalidad que, con carácter general, afecta a la medida de Montoro advierte de lo irracional de poner puertas al campo y, sobre todo, de la vulneración grave del principio de igualdad.

La normativa del Gobierno de Cantabria está muy lejos de la primera propuesta del Ministerio de Justicia o de otras CCAA que ya han regulado esta cuestión y que, incluso, peor que la del propio Ministerio de Hacienda para los empleados públicos de la Administración General del Estado. Por otra parte, el Gobierno de Cantabria desconoce la normativa básica de obligado cumplimiento para nuestra comunidad autónoma en relación con las situaciones de Pre IT (ausencias por enfermedad sin que haya que presentar baja).

Situación actual de la cuestión: (`pulsa en más información para seguir leyendo)



El 29 de junio termina la moratoria establecida en la reforma de la LOPJ del 28 de diciembre del año pasado por la que se adaptaba nuestra regulación sobre bajas a los dictados del art. 9 del  RDL 20/2012 más conocido por el recortazo de Rajoy.  Esta funesta reforma está en la raíz de todos los problemas y ha animado a varias CCAA (no a todas pues muchas están esperando a regular igual que el Ministerio) a hacer experimentos con la salud de sus empleados públicos en forma de descuentos más o menos amplios. En el reparto, en Cantabria, nos ha tocado la peor parte.

Hasta esa fecha, en la Administración de Justicia en toda España:

  • la baja hay que aportarla al cuarto día de ausencia del puesto de trabajo por razón de enfermedad
  • no hay descuento alguno en situación de baja por enfermedad.
  • esta situación se debe aplicar tanto a titulares como a interinos aun cuando el gobierno de cantabria haya descontado a los interinos desde el 14 de octubre. Esta situación es recurrible y así lo hemos hecho con quienes nos lo han solicitado.
Durante esos seis meses de moratoria se ha tenido que negociar la nueva regulación de bajas sobre la base de los siguientes principios:

  • la baja hay que aportarla al primer día de ausencia del puesto de trabajo por razón de enfermedad.
  • la baja por enfermedad da lugar a descuento desde el primer día salvo hospitalización o intervención quirúrgica.
  • las Administraciones pueden negociar otros supuestos en los que no se va a producir descuento alguno. 
Pues bien, dentro de esa negociación de otros supuestos el Ministerio de Justicia ha realizado una primera propuesta que afectará tanto a Secretarios Judiciales como al resto de funcionarios, en la que contempla dos supuestos:

  1. PRE-IT.- situaciones de ausencia por enfermedad sin baja que se establecerá conforme a lo próximamente va a acordar el Ministerio de Hacienda en normativa básica obligatoria para todas las CCAA y que se resume en 4 días al año sin que se puedan acumular 3 días seguidos)
  2. IT.- Situaciones de ausencia por enfermedad con baja con descuento salvo los siguientes supuestos:
  • hospitalización ordinaria, de día y domiciliara (en el que se incluyen supuestos como fracturas óseas o tratamientos como diálisis) 
  • Intervención quirúrgica con ingreso y cirugía ambulatoria
  • Recaídas siempre que se produzcan por el mismo motivo y no haya habido interrupción de la baja
  • Procesos de incapacidad temporal iniciados durante el estado de gestación o lactancia
  • Tratamientos de radioterapia y quimioterapia u otros tratamientos oncológicos
  • Incapacidad temporal motivada por la situación física o psicológica derivada de violencia de género
  • Incapacidad temporal derivada directamente de una situación de discapacidad reconocida del 33% o superior. 
Además, el Ministerio ha aceptado la propuesta de CSIF de crear una comisión de seguimiento de esta cuestión con la mirada puesta en poder ampliar los supuestos en un futuro. 

Tras las alegaciones de CSIF el Ministerio se comprometió a darnos traslado de una segunda propuesta el próximo lunes 24 de junio para alegaciones. Dentro de las cuestiones que anunciaron que iban a estudiar está el catálogo de enfermedades del Anexo I RD 1148/2011, un tratamiento especial para enfermedades contagiosas, un mejor tratamiento de la maternidad y una especial atención a las recaídas. 

En este contexto el pasado viernes 21 de junio se publicó en el BOE el régimen de IT para Jueces.  Un régimen de bajas que CSIF valora muy positivamente porque recoge de forma razonable los supuestos de excepción (RD 1148/2011, enfermedades contagiosas, recaídas, tratamientos invasivos etc....)  y establece un régimen de IT común al resto de empleados públicos.  

En este sentido esperamos que el segundo borrador del Ministerio de Justicia contemple una regulación similar a la de los Jueces. Así, se lo ha demandado ya CSIF al Ministerio y así lo va a plantear en Cantabria porque somos cuerpos nacionales y tenemos los mismos derechos y obligaciones que nuestros compañeros de otros territorios

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