En estos momentos, la cobertura sanitaria
en el extranjero está cubierta por dos mecanismos de protección;
- La tarjeta sanitaria europea.
- Seguro contratado por la MUGEJU que este año se ha firmado con SOS.
Antes de entrar a analizar cada uno de
ellos, se puede decir que son documentos compatibles. Es decir, que se pueden
utilizar ambos en función de nuestras necesidades. Para saber cual de ellos utilizar es
conveniente analizar dos aspectos:
- El ámbito territorial de cobertura ya que la tarjeta sanitaria europea sólo tiene aplicación en el seno de la UE, además de Noruega, Islandia y Linchestein (pertenecientes al Espacio Económico Europeo) y Suiza.
- El ámbito objetivo de cobertura: siniestros cubiertos, cuantía garantizada, exclusiones, etc…
- El ámbito temporal: la tarjeta SOS sólo es válida para desplazamientos al extranjero inferiores a 120 días.
Una vez analizada la situación se debe
optar por un mecanismo o por otro.
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