Orden JUS/797/2012, de 29 de marzo, por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas en régimen de dedicación especial para el Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales
La jornada general queda establecida en los mismos términos que para el resto de funcionarios de justicia y el calendario laboral debe atenerse a los establecido en cada uno de los ámbitos territoriales con traspasos.
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